Acepciones del Término Derecho


     Derecho Positivo: Es un sistema de normas Jurídicas que informa y regula efectivamente la vida de un pueblo en un determinado momento histórico. (Del Vecchio "Es el Derecho QUE ES, por oposición al Derecho que DEBE SER"). Se afirma como una necesidad cuyo cumplimiento debe ser ineludible pues de otra manera no podría producirse la .convivencia social.
     Derecho Natural: Se inicia con la ciencia de la naturaleza, ya que el hombre por una parte está regido junto a todas las cosas que integran el Universo (Leyes de la Naturaleza); fenómenos que se suceden que tienen su causa y que tienen su efecto.
     Los hechos de la naturaleza y las leyes que a ella se refieren, son estudiadas por las Ciencias de la Naturaleza, cuyo objeto es reflejar la verdad de lo que acaece en el mundo físico. Por otra parte están los llamados hechos de la Cultura regidos por principios que Deben  Producirse.

     Derecho Positivo: Conjunto de normas dictadas por una autoridad y en sentido restringido: conjunto de normas jurídicas dictada por los poderes públicos. De aquí que el Derecho Positivo, en sentido restringido ha sido dividido en:  Derecho Público y Derecho Privado
  •      El Derecho Privado: Regula las relaciones de los particulares entre si y de los particulares con el Estado y demás entes públicos; son obligaciones contractuales, que nunca surgen contra o sin la voluntad del individuo.
  •      El Derecho Público: el obligado no participa en la creación de la norma, una voluntad ajena a la suya se le impone para obligarlo, coaccionarlo para que cumpla la norma, caso contrario es castigado

     Derecho Subjetivo: Sinónimo de Facultad Jurídica, poder de la persona, garantizada por el ordenamiento jurídico para la satisfacción de intereses legítimos. Pretensión jurídicamente válida, que alguien puede interponer frente a la conducta ajena.
     Es imposible, concebir la existencia de un derecho subjetivo, que no este previamente reconocido implícita o explícitamente en las Normas del Derecho Objetivo. (Ejemplo: Derecho de Libertad, Ley de Transito Terrestre, Ley de Propiedad Horizontal, etc).
     Derecho Vigente: Partiendo de la noción de Derecho Positivo es decir, el Derecho creado por el hombre para regir la actividad en sociedad: cuando referido a un momento determinado de la historia es de obligación su observación por la comunidad (puede no ser vigente cuando ha sido derogado) Ejemplo: Código de Comercio, Código Civil, Código Penal etc.
     Derecho Válido: Reúne sistemáticamente las normas relativas a determinada materia y están implícitos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así nos indica el Artículo 202, "La Ley es el acto sancionado por la Asamblea Nacional como cuerpo Legislador. Las leyes que denominar códigos.
     De donde que para que sea Derecho Válido debe pasar por las siguientes etapas: iniciativa, discusión, sanción, promulgación y publicación para que sea Ley y pueda devenir obligatoria.
     Derecho Eficaz: Cuando los hombres en la realidad práctica observan las normas que lo integran, el derecho puede ser: vigente y no eficaz porque, la eficacia depende de la actuación práctica de la norma y solo puede comprobarse a posteriori, al analizar la realización material del mandato. la vigencia puede ser determinada a priori por la simple comprobación de la existencia de la norma.

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