Ramas del Derecho y sus Disciplinas Jurídica


 Derecho Público: Contiene el conjunto de reglas relativa a los estatutos de los gobernantes, a sus poderes y a sus relaciones con los gobernados. El obligado no participa en la creación de la norma, una voluntad ajena a la suya se le impone para obligarlo.
     Ramas del Derecho Público
  • Derecho Constitucional.
  • Derecho Administrativo.
  • Derecho Procesal.
  • Derecho Penal. 
  • Derecho Internacional Público.
  • Derecho Financiero.
  •      Derecho Constitucional: Es la rama del derecho que estudia las reglas contenidas en la constitución. estudia la organización jurídica fundamental de el o de un estado.
  •      Derecho Administrativo: Conjunto de principio jurídicos que regula la actividad del estado y la de todas aquellas entidades en cuanto se proponen la realización de fines de interés público, servicios públicos y el consiguiente contralor jurisdiccional de la administración pública.
  •      Derecho Procesal: Conjunto de normas que regulan la actividad jurisdiccional del estado, también es llamado derecho adjetivo o de forma en referencia a los instrumentos que el ordenamiento pone en manos del sujeto para la defensa de las facultades y cumplimientos de los deberes establecidos por la norma (código de procedimiento y leyes de enjuiciamiento).
  •      Derecho Penal: Es el estudio que tiene por objeto la norma relativa a la función punitiva, también se puede decir que es el conjunto de normas y disposiciones jurídicas que regulan el ejercicio del poder sancionador y preventivo del estado, estableciendo el concepto del delito como presupuesto de la acción estatal así como la responsabilidad del sujeto activo y asociando a la infracción de la norma una pena finalista o una medida aseguradora.
  •      Derecho Internacional Público: Conjunto de reglas que determinan los derechos y deberes respectivos de los estados en sus mutuas relaciones, llamado también derechos de gentes. Estudio de la estructura jurídica de la comunidad internacional, consideradas como una sociedad compuesta de sujetos de derecho público, estados asociaciones, colectividades y hombres vinculados entre sí conforme a principios y normas de naturaleza jurídica.
  •      Derecho Financiero: Regula la actividad del estado en cuanto a los órganos encargados de la recaudación y aplicación de impuestos, presupuesto, crédito público y en general de todo lo relacionado directamente con el patrimonio del estado y su utilización
     Derecho Privado: Es el que tiene por objeto fundamental el interés de los particulares presentándose los sujetos en un plano de igualdad y sus relaciones son de coordinación, tal es el caso de aquellos contratos en los cuales los sujetos se encuentran frente a frente en situación de igualdad, bien sean ellos particulares, o bien sea uno de ellos el Estado, siempre y cuando el Estado en tal caso actúe no como ente soberano sino con las prerrogativas de un particular cualquiera. Comprende:
     Derecho Civil: Que es sinónimo de derecho privado en sentido amplio, en sentido estricto, comprende las normas relativas al estado y la capacidad de las personas, a la familia, al patrimonio, a las obligaciones y contratos y  la transmisión de los bienes.
     Derecho Mercantil: Regula las relaciones de los particulares concernientes al ejercicio de la actividad comercial o resultantes de la realización de actos de comercio.
     Derecho Internacional Privado: Es el que determina las normas jurídicas aplicables a las relaciones civiles, comerciales y laborales entre personas de distintas nacionalidades, que se encuentren dentro de un mismo estado. En estados diferentes en términos generales, puede decirse que se refiere a las relaciones del derecho privado para aquellos casos sometidos a distintas jurisdicciones nacionales.
     Derecho Industrial: Adquirió su desarrollo con la industrialización de la producción, comprende no sólo las relaciones laborales sino que también afecta a las comerciales, regulándolas para impedir los abusos de una parte frente a la otra y sobre todo para defender el interés de la comunidad.
     Derecho del Trabajo: Conjunto de normas jurídicas dirigidas a regular las relaciones de trabajo entre patronos y obreros o empleados y además otros aspectos de la vida de estos últimos, en razón de su condición de trabajadores.
     Derecho Agrario: Contiene las reglas sobre sujetos, actos y relaciones jurídicas que a la explotación agrícola se refieren dentro de la esfera privada, cuando el ordenamiento jurídico versa sobre el mismo contenido, pero en el ámbito del derecho público, se está más propiamente, ante la legislación agraria.
     Derecho Social: Observa y estudia las costumbres sociales que la legislación en determinados casos observa y estudia las costumbres sociales que la legislación en determinados casos convierte en jurídicos
     Derecho Civil: Es sinónimo de derecho privado en sentido amplio. (Conjunto de reglas concernientes a las relaciones jurídicas entre los gobernados).
     En sentido estricto, comprende las normas relativas al estado y la capacidad de las personas, a la familia, al patrimonio, a las obligaciones y contratos y a la transmisión de los bienes
     Derecho Social: Observa y estudia las costumbres sociales que la legislación en determinados casos convierte en jurídicos.
     En la Constitución de la Repùblica Bolivariana de Venezuela encontramos los Derecho Sociales y de las Familias, a partir del artículo 75, hasta el art. 97 C.R.B.V.
     Derecho Económico: Colección de reglas determinantes de las relaciones jurídicas originadas por la producción, circulación distribución y consumo de la riqueza, en una determinada sociedad.
     Así tenemos que en Venezuela la Constitución de la Repùblica Bolivariana de Venezuela contempla los Derechos Económicos a partir del art.112 hasta el art.118 C.R.B.V
     Derecho Administrativo: Conjunto de principio jurídicos que regula la actividad del estado y la de todas aquellas entidades en cuanto se proponen la realización de fines de interés público, servicios públicos y el consiguiente contralor jurisdiccional de la administración pública.
     Este conjunto de principios jurídicos esta regulado en la Constitución de la Repùblica Bolivariana de Venezuela por las diferentes Contralorías tanto de la Nación, de los Estados y de los Municipios
     Derecho Político: Rama de la ciencia del derecho que estudia el origen, funcionamiento y fines del estado También se dice que es el estudio sistemático de la doctrina del estado
     En Venezuela esta regulado en la Constitución de la Repùblica Bolivariana de Venezuela, en el Capítulo II de la división Política Artículos 16 al 18 C.R.B.V

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